domingo, 9 de mayo de 2021

 






6 comentarios:

  1. Después de estudiar más a fondo el proyecto de Real Decreto sobre pesca exterior, he llegado a las siguientes conclusiones:
    - Salvo pescadores que se alejen mucho de la costa, dicha normativa no afecta a los que pescamos desde kayak en el golfo Ártabro. En efecto, la norma proyectada solo regula la pesca en aguas exteriores, competencia del Estado, no en aguas interiores, que son competencia de las Comunidades autónomas.

    - La diferencia entre aguas exteriores e interiores se explica en esta web: http://cnbahiadebaiona.blogspot.com/2010/07/que-son-las-aguas-interiores.html

    - Si la información que proporciona la web del Club Náutico Bahía de Baiona es correcta, entonces tenemos poco que temer del proyectado Real Decreto, ya que en el caso del golfo Ártabro, la línea base, que marca el límite entre aguas exteriores e interiores, es la que resulta de unir el extremo del cabo Prior con la isla Sisarga Grande. Pues bien, esta línea base está mar adentro, muy distante de nuestra querida Torre de Hércules, cuya costa está toda ella bañada por aguas “interiores”.

    - Cierto es que seguimos soportando una indeseable indefinición en la normativa autonómica sobre pesca marítima de recreo (véase el artículo 23 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de Pesca de Galicia), pero mejor es eso que no una prohibición expresa y terminante de la pesca desde “artefactos flotantes” como la que incorpora el proyecto de Real Decreto para las aguas exteriores.

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    1. Muchas gracias Coitelada ¡¡ Muy interesante lo que dices .. Yo liado y apenas me metí en el tema , salvo alegar en la web de alegaciones el error de considerar un kayak de pesca como un artefacto flotante.. Hasta pronto ¡¡

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  2. Las apreciaciones son correctas, claro que sí, pero no creéis que esto lo extrapolarán con total seguridad a las aguas interiores? El caso es "meter la cabeza", el cuerpo ya vendrá después....
    No seamos inocentes, que todos ya tenemos unos años.

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  3. Coincido contigo en que supone una amenaza para la supervivencia de nuestra modalidad de pesca. Pero yo quería apuntar que nuestros esfuerzos deberían ir principalmente dirigidos a convencer a las instancias autonómicas para que den cobertura a la pesca desde kayak en aguas interiores, pues son éstas en las que principalmente mojamos nuestros cebos. El antecedente de la ley valenciana supone un paso muy importante en este sentido y habría que invocarlo en Galicia y en otras comunidades.

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  4. Efectivamente lo ideal sería regular la pesca desde kayak, hacerla legal de una vez. Pero creo que se deberían dar esos pasos antes de sacar el Real Decreto, porque reventar las restricciones o prohibiciones va acostar un mundo.
    Por cierto, hoy en La Voz De Galicia viene un artículo titulado "Los pescadores recreativos deberán marcar y declarar sus capturas", en el que habla ya de que se prohíbe la pesca desde kayak en aguas exteriores. No sé la base del artículo, pues el RD aún no se ha aprobado...

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  5. Hola Rubén y Coitelada , y gracias por vuestras interesantes aportaciones..

    Centrándome en el tema del kayak, soy optimista para el largo pazo...La pesca en kayak creo que tiene un crecimiento exponencial en todo el mundo , y no se pueden poner puertas al campo ... Pero en el corto plazo no soy demasiado optimista..Tengo poca fe en quienes nos "administran" ...
    Se ve que o no conocen en absoluto el asunto de la pesca en kayak ni de lejos.. O se dejan presionar de más por las cofradías, que tienen cierto peso político, supongo..
    En fin.. Nuestro punto fuerte es el error garrafal de la administración, que considera un artefacto flotante , a un precioso y marinero kayak ..
    Parten de una premisa tan equivocada que nada tiene sustento sobre ella ..
    En fin.. A ver ..

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